IES Ibarrekolanda BHI
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IES Ibarrekolanda BHI
Organización

DIRECCIÓN

Director: Luisma Diez
Jefa de estudios: Karmele Lejonagoitia
Jefa de estudios adjunta: Mertxe Perez
Secretario: Iñaky Manzano

SECRETARÍA

Secretarias: Pilar Martinez, Inés Valdeon, Fátima Ortiz de Mendibil
Conserjes: Ismael Lazcano, Gonzalo del Río, Trinidad González

CONSEJO ESCOLAR CURSO 2007/08

Director: Luisma Diez
Jefa de Estudios: Karmele Lejonagoitia
Secretario: Iñaky Manzano

PROFESORADO

Maite Aguirrezabal
Ángel Agirrezabalaga
Arantza Albaina
Ángel Almaraz
Mª José Alonso
Isabel Arana
José Del Portillo
Manuel Goitia
Amaia Mancera
Yolanda Vicandi
Mª José Yarritu
Jasone Yurrebaso

 

PADRES-MADRES

 

Maribel Estrada
Iluminada Gómez
José Ignacio Hernández
Feliciano Moral
Leonor Ortiz
Mª José Puerto
Elena Seoane
Pablo Zugasti

ALUMNADO

Amets Allende
Joseba Andujar
Estibaliz Argote
Fabio Arrontes
Ohiane Carneros
Irantzu Granados
Borja Pérez
Jhoan S. Revelo
Adrian Romero
Jon Ander Torres
Personal Adm. y Serv:  Óscar Riol

Personal At.Educ. Complementaria: Maider Baldor

Repres. Ayunt: Ángel Saez Astorkiza

 

COMISIONES 

 

Profesorado

Padres/Madres

Alumnado

Comisión Permanente

 

Gotzon Agirrezabalaga

Elena Seoane 

 Joseba Andújar

 C. de Convivencia

 Arantza Albaina

Iluminada Gómez-Álvarez

Maribel Estrada 

Ohiane Carneros

Irantzu Granados 

Comisión Económica

 

Jose del Portillo 

José Ignacio Hernández 

Borja Pérez 

C. del Comedor

 

 Amaia Mancera

Mª José Puerto 

Fabio Arrontes 

 

El Órgano máximo de representación (Consejo Escolar) es el órgano más importante de los centros de la escuela pública vasca.  En este órgano se toman las decisiones que más influyen en la vida del centro. Aquí están representados todos los estamentos del centro. A continuación las funciones que le atribuye la Ley de la escuela pública vasca: (Sección tercera, artículo 31)

El Órgano máximo de representación es el órgano de participación de los miembros de la comunidad escolar en el gobierno de los centros de la escuela pública vasca; tiene atribuidas las decisiones fundamentales que afectan a la vida escolar, y es el responsable último, en el ámbito de autonomía  del centro, del funcionamiento de éste.

El órgano máximo de representación tendrá las siguientes atribuciones:

a) Aprobar el proyecto educativo del centro, el reglamento de organización y funcionamiento y el proyecto de gestión, velar por su cumplimiento y realizar su evaluación.

b) Aprobar el plan anual del centro.

c) Aprobar el programa de actividades de formación, extraescolares y complementarias y el programa anual de gestión, asumiendo su seguimiento y evaluación periódicas.

d) Aprobar la memoria anual del centro

e) Elegir al director y designar, a propuesta de éste, a los demás órganos unipersonales del

centro. Proponer la revocación del nombramiento del director, o su suspensión, previo acuerdo adoptado por mayoría de dos tercios.

f) Decidir sobre la admisión de alumnos, con sujeción estricta a lo establecido en la normativa vigente.

g) Resolver los conflictos e imponer las sanciones en materia de disciplina de los alumnos, de acuerdo con las normas que regulen los derechos y deberes de los mismos.

h) establecer las relaciones de colaboración con otros centros con fines culturales y educativos.

i) Promover la renovación de las instalaciones y equipo escolar, así como vigilar su conservación.

j) Supervisar la actividad general del centro en los aspectos administrativos y docentes.

k) Cualquier otra competencia que le sea atribuida por esta ley o por otras normas, o en el reglamento de organización y funcionamiento del centro.

 

 
 
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